Al pasar a la situación de cese, el personal que no haya recibido el beneficio del adelanto del 30%, se le otorgará el beneficio cuyo monto se
calculará multiplicando la última cuota aportada (según
Sobre de Pago), por el número de meses de aportación al Fondo
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Llenar formato de Solicitud de Pago, adjuntando los siguientes documentos:
- Copia autenticada de la resolución de pase a la situación de cese.
- Liquidación de tiempo de servicios (expedido por el Departamento de Expedientes y Pensiones).
- Constancia original de haber entregado la Tarjeta de Identidad Naval (TIN).
- Fotocopia de último Sobre de Pago.
- Fotocopia simple de DNI.
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