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         | Reseña Histórica | 
     
        
       
         
             
                           
                 
                 -   A traves de los años, las politicas y normas dispuestas legalmente para el diseño del Sistema de Previsión Social para el Personal de la Marina de Guerra, ha venido evolucionando, intengrando nuevos conceptos y nuevos beneficios para el personal naval.
                   la creación del Fondo data desde la formulación del Decreto Supremo S7N de fecha 8 de Diciembre de 1954, creandose el Fondo de Indemnización de Retiro conocido más comunmente F.I.R. el cual estaba dirigido a los Oficiales Generales, Almirantes, Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de todos lo Institutos Armados y Fuerzas Auxiliares, permitiendo indemnizar a dichas personas al pasar a la situación de retiro por limite de edad o brindar un beneficio a sus dudos en caso de fallecimiento del asociado, designandose a la Sociedad Mutualista Militar del Perú como la encargada de la Administración de dichos fondos.ç
                   Posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 10-cge/a3 de fecha 03 de Junio 1966, se creo el Fondo de Indemnización de Retiro del Personal Militar Subalterno, Auxiliar y Especialista, que se hallan prestando servicios en la Fuerza Armada, recibiendo los mismos beneficios que antiguo fondo.
                   A medida que trancurrian los años, el personal de las Fuerzas Armadas se fue incrementando, permitiendo que el FIR crezca económicamente, consolidandose como un fondo solido y solvente, lo que permite crear en el año 1974 mediante Decreto Supremo Nº 005-74-CCFA de fecha 25 de Octubre, incluir dentro de los reglamentos el Beneficio del Adelanto del 30% del beneficio de retiro. Un año después en el año 1975, mediante Resolución Ministerial N° 2324-75-MA/DE de fecha 24 Octubre, se dispone que la Dirección General de Economía de la Marina, sea la encargada de la Administración y Fiscalización del Fondo de Indemnización de Retiro del Personal Superior, lo cual seria extensivo a partir año 1977 Según Resolución Ministerial N° 0167-77-MA/DE de fecha 03 de Febrero de 1977 para el Fondo del Personal Subalterno y el nuevo Fondo para el Personal Civil en el 10 Enero Mediante Decreto Supremo N° 001-77-CCFA de fecha 10 de Enero de 1977
                   
                   Con Resolución Ministerial N° 168-78-MA/DE de fecha 17 de Febrero de 1978, se crea la Junta de Administración del Fondos de Seguro de Retiro y Cesación como un organismo regulador de los Fondos.
                   
                   Mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 0434-95-CGMG de fecha 30 de Mayo de 1995, se incluye al Departamento del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación, en el Grupo 04 de la relación de Dependencias de la Marina de Guerra del Perú, como Dependencia Orgánica y Técnica de la Dirección General de Economía. 
                   
                   Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 1144-2000-CGMG de fecha 19 Diciembre del 2000, se aprueba el Reglamento Orgánico del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación, “ROFSER-12068, Edición 2000, en la cual en su organización, nombra a la Dependencia como Dirección Ejecutiva del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación.
                   
                   
                   Actualmente los dispositivos que norman el Fondo de Seguro de Retiro y Cesación son el Decreto Supremo 039-97-DE/CCFFAA del 25 de Junio 1997 para el Personal Superior, Decreto Supremo 040-97-DE/CCFFAA del 25 de Junio de 1997 para el Personal Subalterno y Decreto Supremo 041-97-DE/CCFFAA del 25 de Junio de 1997 y su modificatoria 048-98-DE/CCFFAA del 18 de Setiembre de 1998, para el Personal Civil. 
				
             
                   
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